Tribunal Electoral revoca expulsión de Enrique Ochoa del PRI; críticas a Alito Moreno “las ampara la libertad de expresión”

Este miércoles 23 de julio, la Sala Superior del Tribunal Electoral revocó la expulsión de Enrique Ochoa del Partido Revolucionario Institucional (PRI), al destacar que sus expresiones contra el dirigente nacional del tricolor, Alejandro “Alito” Moreno Cárdenas están amparadas bajo la libertad de expresión.

Por mayoría de tres votos de las magistradas Mónica Soto, Janine Otálora y el magistrado Reyes Rodríguez, se pronunciaron por una revocación llana del asunto.

Cabe recordar que, el proyecto original del magistrado Felipe Fuentes, planteaba revocar para que la Comisión de Justicia del PRI emitiera una nueva resolución, tras considerar que no aportó las pruebas suficientes para justificar dicha sanción; no obstante, la mayoría decidió entrar al fondo del asunto.

Por su parte, la Comisión de Justicia del tricolor determinó la expulsión de Enrique Ochoa por sus criticas al dirigente nacional, señalando que dañó la imagen del PRI.

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En tanto, la magistrada Janine Otalora señaló que en estos casos se debe maximizar el derecho a la libertad de expresión, por lo que implica el derecho a disentir de la militancia de los partidos políticos.

“El hecho de que manifestara que la permanencia del actual dirigente nacional provocaría efectos negativos, incluso la pérdida del registro, en mi consideración no constituyen declaraciones que justifiquen la imposición de una sanción”, sostuvo.

En ese sentido, Reyes Rodríguez reiteró que la controversia surgió tras las declaraciones de Enrique Ochoa, en las que cuestionó la legalidad de las reformas a los estatutos del PRI, las cuales permitían la reelección de la dirigencia nacional del tricolor, a cargo de “Alito” Moreno.

Por ello, consideró que las expresiones del exdirigente priista están protegidas bajo la libertad de expresión que goza todo militante para disentir de las decisiones del partido político.

“Sancionar a un militante por manifestar su desacuerdo con la dirigencia constituyen una restricción desproporcionada a su derecho a disentir en términos del precedente”, destacó.

La magistrada presidenta Mónica Soto, coincidió en que se debe privilegiar el derecho a la libertad de expresión y disentir de la militancia, además de que se debe entrar al fondo.

Por su parte, el magistrado ponente, Felipe Fuentes, señaló que no pueden resolver el fondo de la controversia, hasta que la Comisión de Justica se pronuncia ante el caso.

 

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